Estamos especializados en ofrecerte la mejor experiencia en el CAMINO DE SANTIAGO, en SENDERISMO y CICLOTURISMO
1. Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007.
2. La organización de los viajes combinados incluidos en este catálogo ha sido realizada por Tee Travel, S.L., C.I.F. B-36389757, con domicilio en Avda. Agustín Romero, 50 bajo 36600 Vilagarcía de Arousa – Pontevedra y con título licencia XG-207.
3. La relación contractual entre la agencia organizadora y el cliente se rige por las presentes condiciones generales, por las condiciones particulares y por los servicios incluidos que se detallan en la confirmación de reserva.
4. Proceso de Contratación del viaje combinado: La agencia formulará una cotización al viajero, antes de que el viajero quede obligado al contrato de viaje combinado, se le hará entrega de la información precontractual y la información precontractual adicional preceptiva. Tras la aceptación de la cotización, el viajero dispondrá de un plazo máximo de 7 días naturales, para efectuar un pago de 50,00 € por persona, salvo que en el contrato de viaje combinado como condición particular establezca un importe distinto, en concepto de gastos de gestión no reembolsables. El pago del importe restante, deberá efectuarse a más tardar 30 días antes de la fecha de inicio del viaje. Si el viajero no cumple con el calendario de pagos, la agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para la resolución del viaje por el viajero antes de la salida prevista en la cláusula 9. Aceptada la oferta final, se enviará el contrato de viaje combinado, haciéndosele entrega de la documentación pertinente.
5. El precio del viaje combinado ha sido calculado en base al cambio de moneda, el precio del transporte de pasajeros derivado del coste del combustible o de otras fuentes de energía, tasas e impuestos, incluidas las tasas, impuestos y recargos turísticos de aterrizaje y de embarque y desembarque en puertos y aeropuertos en la fecha de realización del presupuesto. Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones del precio aludidas. En ningún caso se revisará al alza el precio del viaje en los 20 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida. Si el aumento de precio excede del 8% del precio del viaje combinado, el viajero podrá poner fin al contrato. El precio del Viaje Combinado no incluye Visados, tasas, certificados de vacunación, extras y en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente como "incluido". En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Los medios de pago aceptados son: transferencia bancaria y/o tarjeta de crédito (Visa o Mastercard).
6. Si la agencia de viajes procede a la cancelación del viaje por causas no imputables al viajero, reintegrará la totalidad de los pagos realizados por el viajero en un plazo no superior a 14 días naturales desde la terminación del contrato. La agencia no será responsable de pagar ninguna compensación adicional al viajero si la cancelación se debe a: A) si el número mínimo de personas inscritas para el viaje, es inferior al mínimo requerido para la realización del mismo y la cancelación se produce con 20 días de antelación a la fecha de inicio para viajes de más de 6 días de duración, 7 días de antelación para viajes de entre 2 y 6 días y 48 horas de antelación para viajes de menos de 2 días. B) Si el organizador se ve en la imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje.
7. Cesión de la reserva. El viajero podrá ceder su reserva a una tercera persona siempre que lo comunique con al menos siete días naturales antes del inicio del viaje combinado. El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente de la cantidad pendiente de pago del precio acordado, así como de cualquier comisión, recargo u otros costes adicionales derivados de la cesión. La agencia, informará al cedente acerca de los costes efectivos de la cesión. Tales costes serán razonables y, en todo caso, no superarán los costes efectivamente soportados por el organizador y la agencia a causa de la cesión.
8. Tee Travel, S.L. se reserva el derecho de penalizar al cliente con la cantidad de 30,00 € por persona por modificaciones en la reserva.
9. Resolución del viaje por el viajero antes de la salida del viaje. El viajero podrá resolver el contrato en cualquier momento. En tal caso deberá abonar una penalización que se recogerá en el contrato de viaje combinado. Si en el contrato no se prevén "condiciones particulares", el importe a aplicar por la resolución del contrato por parte del viajero será: si la cancelación se produce con más de 30 días de la fecha de inicio del viaje, el importe a abonar serán los gastos de gestión de la reserva, el 25 % del importe total del viaje si la cancelación se produce entre 29 y 15 días, el 50% si se produce entre 14 y 5 días, el 75% si se produce entre 4 y 2 días y el 100% si se resuelve con 1 día de antelación o menos. Cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones, que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado o al transporte de pasajeros al lugar de destino, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio del mismo sin pagar ninguna penalización. En este caso, el viajero tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional. Si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo convenido en el contrato, el organizador o, en su caso, la agencia, asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches.
10. Cuando una proporción significativa de los servicios de viaje no pueda prestarse según lo convenido en el contrato, el organizador, o, en su caso, la agencia, ofrecerá, sin coste adicional, fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado, también cuando el regreso del viajero al lugar de salida no se efectúe según lo acordado en el viaje combinado si estuviera incluido. Si las fórmulas alternativas propuestas dan lugar a un viaje combinado de menor calidad, el organizador o, en su caso, la agencia aplicará una reducción adecuada del precio. El viajero podrá rechazar las fórmulas alternativas propuestas si no son comparables a lo acordado o si la reducción del precio concedida es inadecuada. Los servicios del viaje combinado se entenderán prestados de conformidad salvo que el viajero manifieste lo contrario, en cuyo caso deberá informar al organizador o, en su caso a la agencia, sin demora indebida. Para hacerlo efectivo deberá conceder a estos un plazo razonable que les otorgue una posibilidad real de subsanación. Este plazo no procederá en caso de que tenga constancia de la negativa a subsanar por parte del organizador o agencia o en aquellos supuestos en los que se requiera una solución inmediata. Transcurrido el plazo concedido sin subsanación por parte del organizador o agencia, el viajero podrá hacerlo por él mismo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios. El organizador y en su caso la agencia, según las circunstancias del caso deberán: a) subsanar la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o si ello entraña un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios de viaje afectados. Condiciones generales del contrato b) reducir el precio de forma adecuada por el período durante el cual haya habido falta de conformidad, salvo que el organizador o la agencia demuestren que la falta de conformidad es imputable al viajero. c) indemnizar por cualquier daño o perjuicio que sufra el viajero como consecuencia de cualquier falta de conformidad, sin demora indebida, salvo que sea imputable al viajero, o a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable, o debida a circunstancias inevitables y extraordinarias. Las indemnizaciones por daños y perjuicios que deba pagar el organizador y en su caso las agencias se verán restringidas por aquellos límites aplicables a los prestadores de servicios de viaje incluidos en el viaje combinado. Tratándose de daños no corporales las indemnizaciones tendrán un límite del triple del importe del precio total del viaje siempre que no medie dolo o negligencia en la producción del daño y deberán ser siempre acreditados por el viajero. Las limitaciones anteriores no serán de aplicación a los daños corporales. El viajero está obligado a tomar las medidas que sean necesarias y/o adecuadas para tratar de aminorar los daños que puedan derivarse de la no ejecución o ejecución defectuosa del contrato para evitar que se agrave, informando al organizador de forma inmediata a través del teléfono 24 horas facilitado por este. Los daños que deriven de no haber adoptado tales medidas serán responsabilidad del viajero.
11. Asistencia al viajero. El organizador y la agencia deberán proporcionar asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, especialmente en el caso de circunstancias extraordinarias e inevitables. Esta asistencia consiste en suministro de información adecuada sobre los servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular. Asistencia al viajero para establecer comunicaciones a distancia y la ayuda para encontrar fórmulas de viaje alternativas. La agencia podrá facturar un recargo razonable por dicha asistencia si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero. Dicho recargo no superará en ningún caso los costes reales en los que haya incurrido la agencia.
12. El organizador y el minorista responderán frente al viajero del correcto cumplimiento del contrato de viaje combinado en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito de gestión del viaje combinado, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores. No obstante lo anterior, el viajero podrá dirigir sus reclamaciones por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de los servicios que integran el viaje combinado indistintamente ante organizadores o minoristas, que quedarán obligados a informar sobre el régimen de responsabilidad existente, tramitar la reclamación de forma directa o mediante remisión a quien corresponda en función del ámbito de gestión, así como informar de la evolución de la misma al viajero aunque esté fuera de su ámbito de gestión. La falta de gestión de la reclamación por parte del minorista supondrá que deberá responder de forma solidaria con el organizador frente al viajero del correcto cumplimiento de las obligaciones del viaje combinado que correspondan al organizador por su ámbito de gestión. De igual modo, la falta de gestión de la reclamación por parte del organizador supondrá que deberá responder de forma solidaria con el minorista frente al viajero. En estos supuestos, le corresponderá al minorista u organizador, en su caso, la carga de la prueba de que ha actuado diligentemente en la gestión de la reclamación y, en cualquier caso, que ha iniciado la gestión de la misma con carácter inmediato tras su recepción. Quien responda de forma solidaria ante el viajero tendrá el derecho de repetición frente al organizador o al minorista al que le sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado. Cuando un organizador o minorista abone una compensación, en función de su ámbito de gestión, conceda una reducción del precio o cumpla las demás obligaciones podrá solicitar el resarcimiento a terceros que hayan contribuido a que se produjera el hecho que dio lugar a la compensación, a la reducción o al cumplimiento de otras obligaciones.
El plazo de prescripción de las acciones judiciales derivadas del contrato de viajes combinado es de dos años.
13. En relación con aquellos países en los que existe clasificación oficial de establecimientos hoteleros o de cualquier otro tipo de alojamiento, el folleto recoge la clasificación turística que se otorga en el correspondiente país. El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada país y alojamiento. Las habitaciones triples o cuádruples son generalmente habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser un sofá-cama o un plegatín, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más grandes. Cama de matrimonio: En muchos hoteles de todo el mundo existen muy pocas camas de matrimonio. Salvo que indiquemos lo contrario, no queda confirmada cama de matrimonio.
14. El viajero debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por la agencia de viajes. Las restricciones de equipaje vendrán determinadas por las normas de cada transportista. La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje que el viajero lleve consigo, serán de su exclusiva cuenta y riesgo mientras se encuentren bajo la custodia del viajero.
15. Pasaportes, visados y documentación. Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la agencia organizadora declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del viajero cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad.
16. Personas con movilidad reducida Las personas con movilidad reducida, antes de proceder a la solicitud de la reserva, deberán poner en conocimiento de la agencia tal situación, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las características del mismo. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE 1107/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya movilidad para participar en el viaje se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás participantes en el viaje. Igualmente es muy importante destacar que la agencia tan pronto como tengan conocimiento de que una persona con movilidad reducida desea participar en un viaje combinado, deberán ponerlo de inmediato en conocimiento del organizador, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje solicitado de acuerdo con las características del mismo.
17. La vigencia del catálogo será desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2024.
18. La reserva del viaje, el pago de los gastos de gestión y/o del total de la reserva, supone la aceptación de las presentes condiciones generales y particulares por parte del cliente.
19. Tee Travel está tratando sus datos para enviarle información comercial sobre nuestros productos y servicios. Vd. podrá revocar en cualquier momento su consentimiento, así como ejercitar, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, supresión, limitación o portabilidad de sus datos, enviando una comunicación por escrito a Avda. Agustín Romero, 50 bajo 36600 Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), adjuntando copia de su DNI. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en https://www.tee-travel.com/es/politica-de-privacidad
Estamos especializados en ofrecerte la mejor experiencia en el CAMINO DE SANTIAGO, en SENDERISMO y CICLOTURISMO